Ante el proceso de despido tienes derecho a solicitar
la presencia de un integrante del comité de empresa y a no firmar el despido
-Despido
disciplinario: debido a la comisión
de faltas como ofensas verbales o físicas, faltas de asistencia repetidas e
injustificadas, indisciplina o desobediencia, acoso al empresario o los
compañeros, disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo
etc. En este caso no tendrás derecho a indemnización
-Despido
por causas objetivas: debido a causas económicas, organizativas, técnicas
o de producción o por ineptitud o no adaptación del trabajador. En este
caso tendrás derecho a una indemnización
de 20 días por año trabajado, máximo
12 mensualidades.
-Despido
colectivo: es un despido por causas
objetivas que afecta a un número determinado de trabajadores. En empresas
de más de 300 trabajadores deberán ser 30 despidos o más en un periodo de 90
días para considerarse despido colectivo. Tendrás derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado,
máximo 12 mensualidades
En cualquiera de los 3 casos puedes solicitar la prestación por desempleo que te pudiera
corresponder. Ante este tipo de despidos se puede acudir a la vía judicial para
impugnarlos en el plazo de 20 días. Si el despido se declara procedente no hay derecho a
indemnización, si se declara improcedente
el empresario puede optar entre readmisión
o pago de una indemnización de 33 días por año para contratos posteriores a febrero de 2012
y 45 días por año para el resto
hasta 24 mensualidades y si se
declara nulo se readmitirá al trabajador en el mismo puesto de trabajo abonándole los salarios dejados de percibir
desde el fecha del despido
-Expiración del tiempo convenido o realización de obra o servicio:
Tendrás derecho a 10 días por año para
contratados celebrados desde el 1 de enero de 2013, 11 días por año para contratos
celebrados desde el 1 de enero de 2014, 12 días
por año para contratos celebrados desde el 1 de enero de 2015. En este caso también puedes solicitar la prestación por desempleo que te pudiera
corresponder.
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